Señor Asociado: Transcribimos nota recibida desde la Cámara Argentina de Comercio
Informamos que, mediante la
Resolución General N° 4640, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la obligatoriedad de uso del SIRE al 1 de marzo del 2020 para todas las percepciones y/o retenciones del Impuesto al Valor Agregado. Quedando de manera opcional la posibilidad de la utilización del mismo a partir del 1 de Diciembre del corriente, para las retenciones de dicho impuesto que se practiquen por los regímenes que se detallan: Resoluciones Generales N°4167 (DGI), N° 1105, N°1575, N°1603, N°2616, N°2854, N°3164 y N°4622.
Esta medida habría sido solicitada por la CAC y sus cámaras asociadas en numerosas ocasiones, y permitirá a las empresas una adaptación más amena al mencionado servicio.
CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA 9 DE JULIO